Subvenciones a favor de entidades sin finalidad de lucro que gestionan viviendas de inserción social 2024
En Junta de Gobierno de la Diputación de Barcelona celebrada el 21 de diciembre de 2023, se ha aprobado la convocatoria por el otorgamiento de subvenciones a favor de entidades sin finalidad de lucro que gestionan viviendas de inserción social de la Gerencia de Servicios Sociales del Área de Sostenibilidad Social, Ciclo de vida y Comunidad para el 2024.
- Extracto de la convocatoria publicada al BOP para el otorgamiento de subvenciones.
- Bases para el otorgamiento de subvenciones. [catalán].
- Bases para la concesión de subvencionas. [castellano].
La tramitación de la solicitud se tiene que hacer exclusivamente por vía electrónica siguiendo la siguiente ruta:
- Sienta electrónica de la Diputación de Barcelona.
- Trámites y servicios ciudadanía.
- Subvenciones.
- Bienestar Social.
- Solicitud para la concesión de subvenciones a favor de entidades sin finalidad de lucro que gestionan viviendas de inserción social para el 2024.
- Enmienda de errores u omisiones en las solicitudes para la concesión de subvenciones a favor de entidades sin finalidad de lucro que gestionan viviendas de inserción social para el 2024.
- Llenáis todos los campos del formulario electrónico de solicitud y adjuntáis los siguientes documentos (recomendamos que descargáis los documentos en pdf al ordenador y los abrís con el Acrobat):
- Memoria. [ En la hora de hacer la solicitud, hace falta que devolvéis este documento como excel, no en otro formato ]
- Presupuesto.
- Modelo representación legal.
- Otros:
- Solicitud de adhesión en la Red de Vivienda de Inserción Social por el periodo 2023-2027.
- Listado de pisos presentados a la Red en formato excel.
- Modelo de documento de apoyo municipal.
- Llamar al Apoyo informático por tramitación electrónica: Tel. 900 101 934.
- Los interesados que tengan dificultades para realizar la presentación electrónica de las subvenciones podrán, antes de finalizar el plazo de presentación, dirigir al Registro General de la Diputación de Barcelona (Rambla Cataluña 126, Barcelona) en horario de 10 h a 13 h en días hábiles donde recibirán ayuda, por parte de los funcionarios adscritos al Registro, para realizar este trámite. Todo esto, sin perjuicio de la presentación en cualquier otro registro electrónico de las administraciones públicas catalanas o del resto de sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Hay que llevar el certificado electrónico.
- La solicitud también podrá presentar en cualquier otro registro electrónico de las administraciones públicas catalanas. En este último supuesto, el interesado tendrá que notificar a la Gerencia de Bienestar Social, mediante correo electrónico dirigido a g.serveissocials@diba.cat y a registre.general@diba.cat, la remisión efectuada el mismo día de su presentación o, en todo caso, antes de la finalización del plazo establecido en la convocatoria para la presentación de solicitudes. En ambos casos, se tiene que adjuntar la copia del recibo de presentación.
- Servicios Sociales: osi.subv_entitats@diba.cat
Se ha aprobado la concesión de subvenciones en el marco de la convocatoria para el otorgamiento de subvenciones a favor de entidades sin finalidad de lucro que gestionan viviendas de inserción social 2024 de la Gerencia de Servicios Sociales del Área de Sostenibilidad Social, Ciclo de Vida y Comunidad de la Diputació de Barcelona.
- Para subvenciones de importe otorgado inferior, igual a 20.000 €:
- Cuenta justificativa simplificada (pinchar en el enlace, una vez abierto: botón derecho, guardar el documento en su ordenador y abrilo con Adobe Acrobat para visualizarlo).
- Guía para la tramitación de los documentos justificativos para subvenciones hasta 20.000 € a favor de entidades sin ánimo de lucro que gestionan viviendas de inserción social
- Para subvenciones de importe otorgado superior a 20.000€:
- Cuenta justificativa con aporte de informe de auditor.
La tramitación de la justificación debe hacerse electrónicamente siguiendo la siguiente ruta:
- Sede electrónica de la Diputación de Barcelona.
- Trámites y servicios ciudadanía.
- Subvenciones.
- Servicios Sociales.
- Justificación voluntaria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, otorgadas por la Gerencia de Servicios Sociales del Área de Sostenibilidad Social, Ciclo de vida y Comunidad de la Diputación de Barcelona a favor de entidades sin ánimo de lucro que gestionan viviendas de inserción social para el 2024.
- Rectificación de errores u omisiones en la justificación voluntaria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, otorgadas por la Gerencia de Servicios Sociales del Área de Sostenibilidad Social, Ciclo de vida y Comunidad de la Diputación de Barcelona a favor de entidades sin ánimo de lucro que gestionan viviendas de inserción social para el 2024.
- Rellene el formulario electrónico de Justificación y adjunte la documentación necesaria.
En caso de PROBLEMAS INFORMATICOS con la solicitud electrónica pueden:
- Llamar al Soporte informático para tramitación electrónica: Tel. 900 101 934.
- Los interesados que tengan dificultades para realizar la presentación electrónica de la subvención podrán, antes de finalizar el plazo de presentación, dirigirse al Registro General de la Diputación de Barcelona (Rambla Catalunya 126, Barcelona) en horario de 10 ha 13 h en días hábiles donde recibirán ayuda, por parte de los funcionarios adscritos al Registro, para realizar este trámite. Todo ello, sin perjuicio de la presentación en cualquier otro registro electrónico de las administraciones públicas catalanas o del resto de sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Hay que llevar el certificado electrónico.
- La solicitud también podrá presentarse en cualquier otro registro electrónico de las administraciones públicas catalanas. En este último supuesto, el interesado deberá notificar a la Gerencia de Bienestar Social, mediante correo electrónico dirigido a g.serveissocials@diba.cat ya registre.general@diba.cat, el envío efectuada el mismo día de su presentación o , en todo caso, antes de la finalización del plazo establecido en la convocatoria para la presentación de solicitudes. En ambos casos, se debe adjuntar la copia del recibo de presentación.
- Servicios Sociales: osi.subv_entitats@diba.cat
- Para subvenciones de importe otorgado inferior, igual a 20.000 €:
- Cuenta justificativa simplificada (pinchar en el enlace, una vez abierto: botón derecho, guardar el documento en su ordenador y abrilo con Adobe Acrobat para visualizarlo).
- Guía para la tramitación de los documentos justificativos para subvenciones hasta 20.000 € a favor de entidades sin ánimo de lucro que gestionan viviendas de inserción social
- Para subvenciones de importe otorgado superior a 20.000€:
- Cuenta justificativa con aporte de informe de auditor.
La tramitación de la justificación debe hacerse electrónicamente siguiendo la siguiente ruta:
- Sede electrónica de la Diputación de Barcelona.
- Trámites y servicios ciudadanía.
- Subvenciones.
- Servicios Sociales.
- Justificación voluntaria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, otorgadas por la Gerencia de Servicios Sociales del Área de Sostenibilidad Social, Ciclo de vida y Comunidad de la Diputación de Barcelona a favor de entidades sin ánimo de lucro que gestionan viviendas de inserción social para el 2024.
- Rectificación de errores u omisiones en la justificación voluntaria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, otorgadas por la Gerencia de Servicios Sociales del Área de Sostenibilidad Social, Ciclo de vida y Comunidad de la Diputación de Barcelona a favor de entidades sin ánimo de lucro que gestionan viviendas de inserción social para el 2024.
- Rellene el formulario electrónico de Justificación y adjunte la documentación necesaria.
En caso de PROBLEMAS INFORMATICOS con la solicitud electrónica pueden:
- Llamar al Soporte informático para tramitación electrónica: Tel. 900 101 934.
- Los interesados que tengan dificultades para realizar la presentación electrónica de la subvención podrán, antes de finalizar el plazo de presentación, dirigirse al Registro General de la Diputación de Barcelona (Rambla Catalunya 126, Barcelona) en horario de 10 ha 13 h en días hábiles donde recibirán ayuda, por parte de los funcionarios adscritos al Registro, para realizar este trámite. Todo ello, sin perjuicio de la presentación en cualquier otro registro electrónico de las administraciones públicas catalanas o del resto de sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Hay que llevar el certificado electrónico.
- La solicitud también podrá presentarse en cualquier otro registro electrónico de las administraciones públicas catalanas. En este último supuesto, el interesado deberá notificar a la Gerencia de Bienestar Social, mediante correo electrónico dirigido a g.serveissocials@diba.cat ya registre.general@diba.cat, el envío efectuada el mismo día de su presentación o , en todo caso, antes de la finalización del plazo establecido en la convocatoria para la presentación de solicitudes. En ambos casos, se debe adjuntar la copia del recibo de presentación.
- Servicios Sociales: osi.subv_entitats@diba.cat
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