Subvenciones a favor de entidades sin finalidad de lucro que gestionan viviendas de inserción social 2024

Estado

 

En Junta de Gobierno de la Diputación de Barcelona celebrada el 21 de diciembre de 2023, se ha aprobado la convocatoria por el otorgamiento de subvenciones a favor de entidades sin finalidad de lucro que gestionan viviendas de inserción social de la Gerencia de Servicios Sociales del Área de Sostenibilidad Social, Ciclo de vida y Comunidad para el 2024.

El plazo de presentación de solicitudes está CERRADO

La tramitación de la solicitud se tiene que hacer exclusivamente por vía electrónica siguiendo la siguiente ruta:

  1. Sienta electrónica de la Diputación de Barcelona.
  2. Trámites y servicios ciudadanía.
  3. Subvenciones.
  4. Bienestar Social.
  5. Solicitud para la concesión de subvenciones a favor de entidades sin finalidad de lucro que gestionan viviendas de inserción social para el 2024.
  6. Enmienda de errores u omisiones en las solicitudes para la concesión de subvenciones a favor de entidades sin finalidad de lucro que gestionan viviendas de inserción social para el 2024.
  7. Llenáis todos los campos del formulario electrónico de solicitud y adjuntáis los siguientes documentos (recomendamos que descargáis los documentos en pdf al ordenador y los abrís con el Acrobat):
Por saber los navegadores que se pueden utilizar, las firmas electrónicas válidas así como otros requisitos tecnológicos podéis consultar el siguiente enlace. También encontraréis un teléfono de contacto en caso de dudas técnicas: https://seuelectronica.diba.cat/requisitstecnologics.asp

 

En caso de PROBLEMAS INFORMÁTICOS con la solicitud electrónica podéis:
  • Llamar al Apoyo informático por tramitación electrónica: Tel. 900 101 934.
  • Los interesados que tengan dificultades para realizar la presentación electrónica de las subvenciones podrán, antes de finalizar el plazo de presentación, dirigir al Registro General de la Diputación de Barcelona (Rambla Cataluña 126, Barcelona) en horario de 10 h a 13 h en días hábiles donde recibirán ayuda, por parte de los funcionarios adscritos al Registro, para realizar este trámite. Todo esto, sin perjuicio de la presentación en cualquier otro registro electrónico de las administraciones públicas catalanas o del resto de sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Hay que llevar el certificado electrónico.
  • La solicitud también podrá presentar en cualquier otro registro electrónico de las administraciones públicas catalanas. En este último supuesto, el interesado tendrá que notificar a la Gerencia de Bienestar Social, mediante correo electrónico dirigido a g.serveissocials@diba.cat y a registre.general@diba.cat, la remisión efectuada el mismo día de su presentación o, en todo caso, antes de la finalización del plazo establecido en la convocatoria para la presentación de solicitudes. En ambos casos, se tiene que adjuntar la copia del recibo de presentación.
Por el RESTO de consultas sobre la solicitud de subvenciones: Atención exclusiva por correo electrónico

Se ha aprobado la concesión de subvenciones en el marco de la convocatoria para el otorgamiento de subvenciones a favor de entidades sin finalidad de lucro que gestionan viviendas de inserción social 2024 de la Gerencia de Servicios Sociales del Área de Sostenibilidad Social, Ciclo de Vida y Comunidad de la Diputació de Barcelona.

El plazo de presentación de la justificación voluntaria está cerrado
El plazo de presentación de enmiendas a la justificación voluntaria está cerrado

La tramitación de la justificación debe hacerse electrónicamente siguiendo la siguiente ruta:    

  1. Sede electrónica de la Diputación de Barcelona.    
  2. Trámites y servicios ciudadanía.    
  3. Subvenciones.    
  4. Servicios Sociales.   
  5. Justificación voluntaria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, otorgadas por la Gerencia de Servicios Sociales del Área de Sostenibilidad Social, Ciclo de vida y Comunidad de la Diputación de Barcelona a favor de entidades sin ánimo de lucro que gestionan viviendas de inserción social para el 2024.   
  6. Rectificación de errores u omisiones en la justificación voluntaria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, otorgadas por la Gerencia de Servicios Sociales del Área de Sostenibilidad Social, Ciclo de vida y Comunidad de la Diputación de Barcelona a favor de entidades sin ánimo de lucro que gestionan viviendas de inserción social para el 2024.    
  7. Rellene el formulario electrónico de Justificación y adjunte la documentación necesaria.

 

Para saber los navegadores que se pueden utilizar, las firmas electrónicas válidas así como otros requisitos tecnológicos puede consultar el siguiente enlace. También hay un teléfono de contacto en caso de dudas técnicas: https://seuelectronica.diba.cat/requisitsTecnologics.asp

 

En caso de PROBLEMAS INFORMATICOS con la solicitud electrónica pueden:  

  •     
    Llamar al Soporte informático para tramitación electrónica: Tel. 900 101 934.   
  • Los interesados ​​que tengan dificultades para realizar la presentación electrónica de la subvención podrán, antes de finalizar el plazo de presentación, dirigirse al Registro General de la Diputación de Barcelona (Rambla Catalunya 126, Barcelona) en horario de 10 ha 13 h en días hábiles donde recibirán ayuda, por parte de los funcionarios adscritos al Registro, para realizar este trámite. Todo ello, sin perjuicio de la presentación en cualquier otro registro electrónico de las administraciones públicas catalanas o del resto de sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Hay que llevar el certificado electrónico.    
  • La solicitud también podrá presentarse en cualquier otro registro electrónico de las administraciones públicas catalanas. En este último supuesto, el interesado deberá notificar a la Gerencia de Bienestar Social, mediante correo electrónico dirigido a g.serveissocials@diba.cat ya registre.general@diba.cat, el envío efectuada el mismo día de su presentación o , en todo caso, antes de la finalización del plazo establecido en la convocatoria para la presentación de solicitudes. En ambos casos, se debe adjuntar la copia del recibo de presentación.
        
Para el RESTO de consultas sobre la solicitud de subvenciones: Atención exclusiva por correo electrónico.     
El plazo de presentación de la justificación voluntaria está abierto hasta el 3 de marzo de 2025
El plazo de presentación de enmiendas a la justificación está abierto hasta el 30 de septiembre de 2025

La tramitación de la justificación debe hacerse electrónicamente siguiendo la siguiente ruta:    

  1. Sede electrónica de la Diputación de Barcelona.    
  2. Trámites y servicios ciudadanía.    
  3. Subvenciones.    
  4. Servicios Sociales.   
  5. Justificación voluntaria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, otorgadas por la Gerencia de Servicios Sociales del Área de Sostenibilidad Social, Ciclo de vida y Comunidad de la Diputación de Barcelona a favor de entidades sin ánimo de lucro que gestionan viviendas de inserción social para el 2024.   
  6. Rectificación de errores u omisiones en la justificación voluntaria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, otorgadas por la Gerencia de Servicios Sociales del Área de Sostenibilidad Social, Ciclo de vida y Comunidad de la Diputación de Barcelona a favor de entidades sin ánimo de lucro que gestionan viviendas de inserción social para el 2024.    
  7. Rellene el formulario electrónico de Justificación y adjunte la documentación necesaria.

 

Para saber los navegadores que se pueden utilizar, las firmas electrónicas válidas así como otros requisitos tecnológicos puede consultar el siguiente enlace. También hay un teléfono de contacto en caso de dudas técnicas: https://seuelectronica.diba.cat/requisitsTecnologics.asp

 

En caso de PROBLEMAS INFORMATICOS con la solicitud electrónica pueden:  

  •     
    Llamar al Soporte informático para tramitación electrónica: Tel. 900 101 934.   
  • Los interesados ​​que tengan dificultades para realizar la presentación electrónica de la subvención podrán, antes de finalizar el plazo de presentación, dirigirse al Registro General de la Diputación de Barcelona (Rambla Catalunya 126, Barcelona) en horario de 10 ha 13 h en días hábiles donde recibirán ayuda, por parte de los funcionarios adscritos al Registro, para realizar este trámite. Todo ello, sin perjuicio de la presentación en cualquier otro registro electrónico de las administraciones públicas catalanas o del resto de sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Hay que llevar el certificado electrónico.    
  • La solicitud también podrá presentarse en cualquier otro registro electrónico de las administraciones públicas catalanas. En este último supuesto, el interesado deberá notificar a la Gerencia de Bienestar Social, mediante correo electrónico dirigido a g.serveissocials@diba.cat ya registre.general@diba.cat, el envío efectuada el mismo día de su presentación o , en todo caso, antes de la finalización del plazo establecido en la convocatoria para la presentación de solicitudes. En ambos casos, se debe adjuntar la copia del recibo de presentación.
        
Para el RESTO de consultas sobre la solicitud de subvenciones: Atención exclusiva por correo electrónico.