Quién somos y qué hacemos
La defensa de los derechos de las personas consumidoras implica actividades muy diversas, unas de carácter preventivo, como la información, la educación por un consumo responsable o la inspección de consumo. Las otras están orientadas a la resolución de conflictos entre personas consumidoras y empresas proveedoras de productos y servicios.
La Diputación de Barcelona ha desarrollado una serie de acciones, la finalidad de las cuales es colaborar y apoyar a los ayuntamientos de la demarcación para garantizar que toda la población de las comarcas de Barcelona tenga acceso a todos estos servicios, independientemente de las dimensiones y la capacidad de sus municipios.
Cuando un ayuntamiento no dispone de suficientes recursos para mantener un servicio público de consumo, la Diputación de Barcelona desplaza las Unidades Móviles de Información al Consumidor para la tramitación de consultas, reclamaciones y denuncias mediante dos sistemas complementarios:
- Las visitas del personal técnico en las Unidades Móviles de Información al Consumidor.
- La tramitación por medios telemáticos de las consultas que la ciudadanía plantea directamente en su municipio.
Puedes ampliar la información de este servicio en la Oficina de Atención al Ciudadano de tu ayuntamiento.
El consumo es la acción de consumir, de adquirir o contratar productos y servicios que pueden incidir, con diferente grado de relevancia, en nuestra calidad de vida. Aun así, el consumo es algo más que una actividad económica, es a la vez una manera de relacionarse entre personas. El consumo responde a necesidades pero también a valores y estilos de vida. En este punto, hay que hacer mención al concepto de consumo responsable, en la medida que representa la expresión de un necesario equilibrio entre satisfacer nuestras necesidades y los aspectos sociales, económicos y ambientales presentes siempre en nuestras decisiones de compra.
Según el Código de consumo de Cataluña un consumidor es:
- Toda persona física que, de forma ajena a su actividad comercial, empresarial o profesional, compra un bien o contrata un servicio.
- También tienen la condición de consumidores los trabajadores autónomos y las microempresas en sus relaciones de consumo con empresas prestamistas de servicios básicos y servicios de trato continuado, como por ejemplo las compañías de suministro de agua, gas y electricidad.
- Asímismo, las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica podrán ser consideradas como consumidores cuando actúen sin ánimo de lucro en un ámbito ajeno a su actividad comercial o empresarial, como por ejemplo una comunidad de propietarios frente a la empresa de mantenimiento del ascensor.
- Suministros básicos (agua, luz y gas)
- Telefonía y acceso a Internet
- Compra o reparación de productos
- Servicios turísticos
- Restauración
- Transportes
- Prestación de servicios en el hogar
- Seguros y servicios financieros
- Transacciones entre particulares
- Alquileres entre particulares
- Problemas de convivencia en comunidades de propietarios
- Conflictos laborales
- Derechos civiles
- Relaciones con la Administración Pública
- Multas, sanciones o tributos
- Temas de consumo sometidos a la vía judicial
- Temas en que puedan concurrir una cuestión penal
Consumo, ¿de qué estamos hablando?