Mapas estratégicos de ruido
La gestión ambiental del ruido contempla todas aquellas actuaciones que tienen por objeto prevenir o reducir la contaminación acústica a que está expuesta la población, así como la preservación y/o mejora de la calidad acústica del territorio, y se desarrolla a partir de diferentes herramientas.
La legislación aplicable en materia de ruido establece que los titulares de infraestructuras viarias donde el tráfico sea superior a los 3 millones de vehículos en el año, tienen que elaborar y aprobar, previo trámite de información pública por un periodo mínimo de 1 mes, los mapas estratégicos de ruido de las mismas.
Los mapas estratégicos de ruido tienen como finalidad proporcionar información sobre los niveles de exposición de la población a determinados niveles acústicos y determinar las zonas de afección por el ruido producido por una determinada fuente. Todo esto a partir del cálculo de los niveles de inmisión acústica generados por la misma.
Para dar cumplimiento a la normativa, la Diputación de Barcelona ha elaborado los mapas estratégicos de ruido de tráfico de las infraestructuras viarias de las cuales es titular que soporten esta intensidad mediana anual de tráfico. Los mapas han sido aprobados, previo trámite de información pública, en fecha de 29 de mayo de 2018. Esta versión corresponde a la tercera fase de los Mapas estratégicos de ruido de las infraestructuras viarias con tráfico superior a 3.000.000 de vehículos/año. A la mayoría de carreteras el incremento o disminución que se ha producido no es susceptible de haber comportado cambios significativos en los niveles de inmisión acústica de las respectivas áreas de afectación respecto a los mapas de la segunda fase, de forma que en estos caos continúan siendo de aplicación los datos obtenidos en la segunda fase.
Ejemplo de mapa estratégico del ruido
La legislación también establece la obligatoriedad de elaborar planes de acción en materia de contaminación acústica como instrumentos para la preservación y mejora estratégica de la calidad acústica de las infraestructuras de transporte.
Los planes de acción en materia de contaminación acústica de las infraestructuras de transporte los tiene que elaborar y aprobar la Administración titular de la infraestructura, previo trámite de información pública por un plazo no inferior en un mes, audiencia a las administraciones afectadas e informe del departamento competente en materia de contaminación acústica.
Los objetivos de los Planes de acción en materia de contaminación acústica son, entre otros, los siguientes:
- Afrontar globalmente las cuestiones que hacen referencia a la contaminación acústica en las zonas correspondientes.
- Determinar las acciones prioritarias que hay que realizar en caso de que se sobrepasen los objetivos de calidad acústica.
- Proteger las zonas tranquilas en las aglomeraciones y a campo abierto contra el aumento de la contaminación acústica.
Los planes de acción en materia de contaminación acústica tienen que determinar las actuaciones que hay que realizar y su calendario de ejecución durante un periodo de cinco años para el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica establecidos. Se tienen que revisar y, si hace falta, se tienen que modificar cuando se produzca un cambio importante de la situación acústica existente y, como mínimo, cada cinco años a partir de la fecha de su aprobación. El procedimiento de revisión es el mismo que el de la aprobación.
En los siguientes enlaces se pueden consultar los documentos correspondientes a los planes de acción en materia de contaminación acústica:
Visualización directo al SITCAR (GIS de la red de carreteras locales de la Diputación de Barcelona)